sábado, 19 de julio de 2014

COMPOSICIÓN DEL CONFLICTO LABORAL

Por. Maria F. Pérez

La solución de los conflictos colectivos puede postularse por dos vías distintas:

AUTOCOMPOSICIÓN                           

Son directamente las partes quienes resuelven la controversia:
  • A través de la negociación.
  • Sin intervención de terceros.

Es frecuente que aquí la negociación venga acompañada de la adopción de  medidas de conflicto, dirigidas a reforzar las propias posiciones y a debilitar las del contrario.

HETEROCOMPOSICIÓN

Interviene en la solución del conflicto un tercero, ya sea particular (heterocomposición privada) o un representante del Estado  (heterocomposición  pública).

La intervención del tercero pueden presentar diversas formas:                                                      
  • Conciliación
  • Mediación
  • Arbitraje
  • Composición Judicial


¿Cómo se articulan la autocomposición y la heterocomposición?

En nuestro país las partes cuentan con libertad para resolver los conflictos de forma directa (autocomposición) recurriendo,  si lo creen conveniente,  a medidas de presión como la huelga.

No obstante, para el  caso de que no se alcance una solución directa, existen un conjunto de procedimientos de heterocomposición a disposición de las partes:
Procedimientos de heterocomposición de origen o creación legal y carácter público.

Procedimientos de heterocomposición de origen convencional y carácter privado.



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